MCDF presenta avances y desafíos en la protección de personas en situación desplazamiento forzado interno 2020-2021 en El Salvador

16/12/2021 por Web Master

Desplazamiento forzado interno 2020-2021: Los efectos de este fenómeno se ha intensificado en este período primordialmente por los efectos de la pandemia por COVID-19. Aunque inicialmente se hablaba de una reducción, durante el año 2020 se ha tenido importantes movimientos de personas al interior del país y hacia el exterior. A continuación se muestra un resumen cronológico de los hechos relacionados al desplazamiento forzado en El Salvador.

Desplazamiento forzado interno 2020 y 2021: Monitoreo y seguimiento

German Cerros del IDHUCA y miembro de la Mesa Contra Desplazamiento Forzado Interno (MCDF).

Año 2020

9 de enero se aprueba la «Ley especial de atención y protección integral de personas en condición de desplazamiento forzado interno» decreto No. 539.

20 de enero la caravana de salvadoreños que huye del «tercer país seguro». Los migrantes hicieron un censo improvisado y concluyeron que en esta ocasión fueron cerca de 175 personas las que se unieron para huir de la violencia.

9 de febrero golpe a la democracia y a la participación ciudadana con la irrupción del ejecutivo con el ejército en el palacio legislativo.

22 de marzo – emergencia COVID-19. Ante la emergencia del COVID-19, desde el ejecutivo se decreta cuarentena domiciliar por 30 días y se activa las medidas.

Octubre ACNUR presenta Hoja informativa sobre desplazamientos: 13,000 personas desplazadas internas; 7,783 personas retornadas desde EEUU y México.

Diciembre – Informe vínculos en tiempos de pandemia. 748 personas atendidas; 395 personas desplazadas; 353 personas en riesgo de desplazarse, 944 personas Fuente: FGR y OUDH.

Otros acontecimientos en 2020

Dificultades para dar cumplimiento a la Ley de atención y protección de víctimas
Atender la pandemia fue la prioridad, pero el Estado no dio continuidad al cumplimiento de la Ley.

Activación y articulación OSC
La MCDF participa activamente en un espacio de articulación entre organismos internacionales, instituciones estatales y OSC. Esto, para dar respuesta a la emergencia y atender a poblaciones vulnerables con necesidades de protección.

Inicio del deterioro de la relación entre el Estado y las OSC
Esta relación se vio deteriorada significativamente, se desconocía el avance en el tema de la ley y se cortó la comunicación con los referentes institucionales.

Impacto de la pandemia
Las OSC comenzamos a identificar el impacto de la pandemia y las medidas tomadas por el Estado. Estas llegaron a afectar a poblaciones en situación de peligro inminente y el desplazamiento forzado continuó.

Año 2021

Enero – Reglamentos y protocolos.
Existieron indicios para trabajar en conjunto con la CNAVMF. Diversos documentos para dar seguimiento al cumplimiento de la ley, pero no se tuvo respuesta por parte de la dirección.

4 febrero – Biden suspende acuerdos de «tercer país seguro» con El Salvador.
La medida anunciada por Antony Blinken supone un primer paso para deshacer los cambios al sistema de asilo realizados por Trump.

1 mayo – golpe al estado de derecho.
Toma de posesión de la nueva Asamblea Legislativa y destitución de los magistrados de la sala y del fiscal general.

24 de mayo – caso emblemático de Panchimalco.
Habitantes del caserío Sevando Ortíz, cantón Amayón se desplazaban debido a la situación de violencia y representantes del GOES negaban lo ocurrido.

Junio – Asignan nuevo director DNAVMF.
Cambia por tercera vez la persona asignada al cargo de director de la DNAVMF. Se incorpora Giovanni Antonio González en el puesto.

19 junio – Lanzamiento Fase IV Plan Control Territorial.
1,046 elementos de la Fuerza Armada de El Salvador (FAES), que se integran a la estrategia de seguridad pública. Con esta fase, denominada «Incursión».

Agosto – Salvadoreños detenidos por migrar.
Hasta agosto de 2021 el departamento de Estado de USA reporta 319 salvadoreños detenidos diariamente por migración ilegal.

6 de octubre – Publicación de la revista GatoEncerrado.
Esposo de diputada de Nuevas Ideas (Giovanni Antonio González) asumió la Dirección de Atención a Víctimas sin experiencia ni formación.

12 octubre Organizaciones piden anular el nombramiento del Director de la DNAVMF.
El colectivo Alejandría, Cristosal y el SSPAS presentaron un escrito al despacho del ministro de justicia y seguridad pública para que se anule el nombramiento de Giovanni Antonio.

16 de noviembre – Ley de Agentes Extranjeros.
La Asamblea Legislativa emite dictamen favorable para la creación de la Ley de Agentes Extranjeros.

18 de noviembre – Informe CIDH.
«Informe de País de la CIDH sobre la situación de los derechos humanos en El Salvador».

15 de diciembre – Actualización de la Ley.
No se ha conformado comisión técnica interinstitucional para la atención y protección de las personas en condición de desplazamiento forzado interno. No existe un reglamento o política, del mismo modo, se desconoce si existen protocolos de atención y actuación.

Situación de los derechos humanos en El Salvador 2021 – Desplazamiento forzado interno 2020-2021

Soledad García Muñoz – Relatora Especial sobre DESCA de la CIDH, realizó una presentación sobre el informe «situación de los derechos humanos en El Salvador 2021». Además, en su presentación expresó que de manera particular, la CIDH «en el informe recalca como el desplazamiento afecta seriamente la situación de pobreza, el deterioro de la condiciones de vida de las personas que se encuentran en situación de movilidad».

El irrespeto de los Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales (DESCA) impacta y se ubican como causas del desplazamiento forzado. Por otra parte también expresó que «el desplazamiento forzado de personas supone una violación continua de derechos humanos en los territorios». Se ven afectados los derechos a la salud, agua, alimentación, educación, vivienda, entre otros.

Así mismo, invitó a la audiencia a profundizar la lectura del informe. Este puede consultarse y descargarse en el siguiente enlace: Informe de la situación de los derechos humanos en El Salvador 2021.

Respuesta del Estado y las instituciones, acerca de la situación de Desplazamiento Forzado Interno que enfrenta la niñez, adolescencia y juventud en El Salvador

Jesús Ulises Rivas Sánchez Procurador Adjunto de Niñez, Adolescencia y Juventud de la PDDH expresó que la respuesta institucional deseable del estado, es entre otros, «crear verdaderos programas de apoyo permanente a las víctimas en temas de vivienda, trabajo, seguridad, educación, salud, entre otros».

Mediante las denuncias recibidas en la PDDH durante 2020 se conoció que las principales causas de desplazamiento forzado son:

Los perpetuadores son:

Respuesta estatal

Las soluciones duraderas, como parte de los retos y desafíos de respuesta a las víctimas del desplazamiento forzado interno

Desarrollado por Rafael Zavala Toledo Oficial Principal de Protección del ACNUR en El Salvador. Rafael expresó que «Cuando hablamos de las soluciones duraderas no deberíamos pensar tanto en desafíos sino en respuestas pero cuando vemos el contexto, el desarrollo de los marcos normativos, al escuchar el testimonio de los jóvenes sobre experiencia del desplazamiento, vemos que estamos frente a un reto inmenso».

Así mismo comentó que «una persona deja de ser desplazada interna cuando retorna voluntariamente, se integra localmente o se reubica. Por lo tanto debe estar garantizado el restablecimiento de derechos y no tengan más necesidades vinculadas al desplazamiento».

La persona desplazada ha perdido todo pero no puede perder su libertad, familia, bienes, su proyecto de vida, medios de vida y su dignidad. En consecuencia, el Estado es el principal responsable de garantizar la restitución de derechos.

Diapositiva en la que se muestra un esquema que va desde el desplazamiento hacia el alcance de una solución. Pérdida de seguridad, seguridad precaria, seguridad física y pública y seguridad a largo plazo marcan las etapas o estadíos para alcanzar una solución duradera.
Las soluciones se enfrentan a desafíos en los marcos normativos. En primer lugar, en El Salvador se cuenta con una ley aplicable al fenómeno de desplazamiento forzado. No obstante, no se posee una política para su implementación ni tampoco la asignación de presupuesto. En segundo lugar, no se trata de crear necesariamente programas especializados en desplazamiento forzado. Lo que se acostumbra es favorecer la participación de las personas desplazadas en programas sociales existentes del Estado. Del mismo modo, las soluciones deben ser participativas para facilitar la integración de las personas desplazadas en la vida comunitaria.
Diapositiva sobre soluciones duraderas para el desplazamiento forzado. Estas soluciones deben ser graduales, complejas, coordinadas y participativas.

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